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 Tema 5. Envío de escritos y recepción de Notificaciones

5.4. Tratamiento de Notificaciones

Descripción del procedimiento

      Las notificaciones enviadas por el Órgano Judicial son recibidas tanto por los "Procuradores" como por los "Colegios de Procuradores" a los que pertenecen.

      Los "Procuradores" podrán recoger las notificaciones recibidas pulsando sobre el enlace "Bandeja de Entrada" que aparece en la pantalla que presenta el "Buzón Principal" del "Procurador" que se encuentra conectado al sistema.

      El "Procurador" será el encargado de verificar las notificaciones que haya recibido, suponiendo este acto la retirada de las mismas del buzón del Colegio. En este sentido, el Colegio podrá fijar un tiempo de caducidad a partir del cual podrá asumir y gestionarlas como corresponda las Notificaciones no retiradas por los Procuradores dentro del plazo estipulado. Aún así, el "Procurador" podrá retirar la Notificación del buzón del Colegio siempre que no haya sido asumida por el mismo, a pesar de que se haya cumplido el tiempo de caducidad. Las Notificaciones que hayan sido asumidas por el Colegio de Procuradores se moverán a la carpeta de mensajes "Caducados" en el buzón del Procurador en el momento de su verificación.

Tendrán este mismo tratamiento los "Traslados de Copias", organizándose de la misma manera y organizándose en las siguientes carpetas: "Traslados de copias", "Traslados aceptados" y "Traslados caducados".

Operativa del tratamiento de Notificaciones (pulse en el icono para ver su contenido):